La dictadura fue originalmente una institución jurídico-política de la antigua Roma destinada a hacer frente a situaciones de contingencia política. De allí viene la palabra, aunque su acepción actual tiene muy poco que ver con sus orígenes antiguos. Los cónsules romanos, bajo propuesta del senado, nombraban un dictador para que afrontara las situaciones emergentes de la vida pública, sea en la conducción de una guerra —dictadura rei gerendae causa— o en la sofocación de la subversión interna —dictadura seditionis sedandae et rei gerendae causa—, y restableciera por este medio el orden y la paz. Los poderes del dictador eran amplísimos: asumía el mando militar, sus actos no estaban sometidos a la intercessio de los tribunos, gozaba de ius edicendi, los cónsules le estaban subordinados y sus decretos tenían fuerza de ley.
Este fue el origen histórico de la dictadura. No obstante lo cual la antigua institución romana se parece más al estado de sitio previsto en las Constituciones contemporáneas que a lo que hoy entendemos por “dictadura”, puesto que en aquel tiempo era una forma de suspender temporalmente la vigencia de las leyes para preservar la integridad de la república, lo cual se hacía según los procedimientos y dentro de los límites señalados por la propia ley. En momentos de peligro a causa de conflictos externos o conmociones internas, los cónsules designaban un magistrado con poderes extraordinarios y por tiempo limitado —el dictador— para que conjurara las emergentes amenazas. Este nombramiento se lo hacía en virtud del <estado de necesidad previsto en las leyes romanas, que fue el antecesor del >estado de sitio y del imperio de la >ley marcial de las Constituciones de nuestros días.
Pero el significado moderno de la palabra es diferente del que tenía en la Roma republicana, aunque mantiene aún cierta connotación de gobierno de emergencia. Hoy se entiende por dictadura el >gobierno de facto autoritario, en el que una persona dicta todas o las más importantes decisiones políticas del Estado. El dictador es el gobernante que, usurpándolos, reúne en sus manos todos los poderes del gobierno y los ejerce autoritariamente y sin limitaciones jurídicas ni temporales.
Cabe hacer una sutil distinción entre gobierno de facto y dictadura, si bien ambos son regímenes que están al margen del Derecho. La dictadura tiene un cierto énfasis represivo. Es un gobierno duro. El régimen de facto, en cambio, no obstante estar fuera de la ley, no es forzosamente represivo. Por ello, para algunos de estos gobiernos se acuñó irónicamente el término “dictablanda” en ciertos países de América Latina.
Con cierta dosis de ironía se suele llamar “dictablanda”, a través de un juego de las palabras “blanda” y “dura”, a los regímenes de facto que no son despóticos y que guardan un cierto respeto por los derechos humanos. En América Latina se han dado algunos casos de este tipo de gobierno. La expresión, sin embargo, se originó en España a propósito del corto régimen de facto del general Dámaso Berenguer (1873-1953), quien sucedió al dictador Miguel Primo de Rivera en 1930 y fue sustituido por el almirante Juan Bautista Aznar en 1931.
No hay, sin embargo, una significación unívoca de la palabra dictadura. El >marxismo postuló la >dictadura del proletariado como el gobierno de transición entre la toma del poder por la clase trabajadora y la futura sociedad comunista. El profesor, escritor y político dominicano Juan Bosch (1909-2001) —quien asumió la presidencia de su país el 27 de febrero de 1963 por elección popular y fue derrocado el 25 de septiembre del mismo año por las fuerzas militares— sostuvo la tesis de la >dictadura con respaldo popular como solución a los problemas de conservadorismo y dependencia de América Latina. A comienzos de 1994 Fidel Castro habló de que, acogiendo el modelo político de China y Vietnam, el futuro de Cuba debe ser la “dictadura democrática”, aunque no explicó en qué consistía esta forma de gobierno. Todas esas postulaciones me recuerdan la expresion con que Maurice Duverger tituló a uno de sus libros en 1967: democracia sin el pueblo.
Algunos tratadistas han intentado hacer acrobáticas clasificaciones de las dictaduras. Han hablado de “dictadura constitucional”, “dictadura limitada” y “dictadura ilimitada”, en un esfuerzo por establecer diversas formas del ejercicio fáctico del poder. Pero estas distinciones son equívocas. La dictadura es, por esencia, un gobierno autoritario ejercido al margen de la ley. No puede concebirse una dictadura que no tenga estas características.
Me parece, sin embargo, que podría establecerse una cierta jerarquización de los regímenes de fuerza, según el grado de centralización del poder y de irrespeto a los derechos humanos que ellos demuestren. Esa cínica jerarquización, en orden descendente, podría ser: tiranía, despotismo, autoritarismo, dictadura, gobierno de facto.